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Comunicado del Comité de Emergencia Zapala (28-03-2020 21:30 hs)

Al momento de este informe no se registran nuevos casos positivos en el Hospital Zapala, de los 3 casos sospechosos informados ayer, todos los resultados dieron negativo.

En cuanto al caso confirmado de Las Lajas del 26 de marzo, los equipos técnicos continúan con la investigación a fin de establecer el nexo epidemiológico. Se pudo identificar a personas que viajaron a Chile y estuvieron en contacto previamente con el caso.

Evolución Casos Positivos Coronavirus COVID-19

Paciente, hombre de 69 años continúa en cuidados críticos, con asistencia respiratoria mecánica y en hemodiálisis.

Paciente, hombre de 43 años continúa con oxigenoterapia, estable.

Paciente, mujer de 69 años ha iniciado requerimientos de oxigenoterapia, sin necesidad de asistencia respiratoria mecánica, estable.

Un caso Positivo en Las Lajas

A partir de la investigación epidemiológica en curso, se detectó un nuevo caso confirmado en la ciudad de Las Lajas.

Un hombre de 26 años, sin comorbilidades, sin antecedentes de viaje, y con antecedentes de contacto estrecho con un caso confirmado de Las Lajas.

El paciente, según informe de Salud, ya cursó la enfermedad, encontrándose en convalecencia en buen estado de salud. Se procedió a la identificación de los contactos estrechos para tomar las medidas de aislamiento correspondientes.

La provincia de Neuquén continúa en fase de contención. Se sostienen las medidas tempranamente implementadas de aislamientos preventivos y obligatorios a las personas con antecedentes de viaje al exterior, aislamientos obligatorios a los contactos estrechos de caso sospechosos y a las medidas de distanciamiento social a toda la comunidad con restricciones limitadas.

En el día de la fecha, dada la situación epidemiológica del país, se decide modificar la definición de caso sospechoso para la provincia del Neuquén, incorporando a Santa Fe y se modifica la recomendación respecto al aislamiento preventivo como se enuncia a continuación.

Es importante recordar que la Ley 2611, en su artículo 4°, inciso K, señala: “Los pacientes tienen derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos. En correspondencia con este derecho el servidor público debe indefectiblemente guardar y preservar el secreto profesional”.

zapala8340

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