Uno de los afectados tiene 26 años y es oriundo de Las Lajas; el otro tiene 33, y es de Neuquén capital. De este último se desconoce la forma en la que se contagió.
En un nuevo comunicado del Comité de Emergencia Provincial afirmaron que se notificaron dos (2) nuevos casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) de la provincia del Neuquén. Uno de ellos es un contacto estrecho del caso confirmado de Las Lajas: un joven de 26 años, oriundo de dicha localidad. El segundo, es un hombre de 33 años, oriundo de la capital neuquina, sobre el cual se investiga su nexo epidemiológico. Además, se descartaron siete (7) casos sospechosos, seis (6) de la provincia del Neuquén y uno (1) de la provincia de Buenos Aires.
Desde el inicio del seguimiento epidemiológico de Coronavirus (COVID-19) en nuestra provincia, a la fecha se registraron:
Por otra parte, en los casos confirmados también están contabilizadas dos personas oriundas de nuestra provincia que se hallan internadas, una en la provincia de Buenos Aires y otra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Ministerio de Salud del Neuquén ha actualizado la definición de caso sospechoso a: toda persona que presente fiebre y uno o más síntomas respiratorios (odinofagia, tos, dificultad respiratoria) sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica, y que dentro de los 14 días previos al inicio de los síntomas haya estado en contacto con un caso probable o confirmado de COVID-19 o tenga un historial de viaje al exterior, CABA o de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chaco y Santa Fe.
Dada la existencia de transmisión comunitaria en algunas localidades de nuestro país, a partir del 27 de marzo de 2020, las personas que ingresen procedentes de otros países; de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires; Córdoba; Chaco y Santa Fe, deberán realizar el aislamiento preventivo por 14 días.
Es importante recordar que la Ley 2611, en su artículo 4°, inciso K, señala: “Los pacientes tienen derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos. En correspondencia con este derecho el servidor público debe indefectiblemente guardar y preservar el secreto profesional”.
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