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La Justicia suspendió los artículos del DNU de Milei que desregulan los aumentos de las prepagas

El fallo limita a las prepagas a realizar los incrementos autorizados hasta que se dicte sentencia definitiva. Es el segundo revés judicial consecutivo para el Gobierno, luego de que se suspendiera la reforma laboral propuesta en el decreto.

La Justicia suspendió los artículos del DNU de Javier Milei que desregulan los aumentos de las obras sociales. Es el segundo revés judicial consecutivo para el Gobierno, luego de que se suspendiera la reforma laboral propuesta en el decreto.

El Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín dio lugar a la cautelar solicitada por Rodolfo Francisco Vidal Quera Amengual e instó al Gobierno a suspender los artículos 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.

El fallo firmado por Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto también ordenó a SIMECO a “readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23″.

La decisión del juez federal subrogante también limita a “efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en términos del artículo 17 de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley”.

La suspensión de la desregulación de los aumentos de las prepagas llega luego de una suba del 40% que hubo en enero y se preveía un nuevo aumento del 26% en febrero, sobre el valor del primer mes del 2024. En lo que va del año, acumulan un alza de hasta 76% en los planes de salud.

Este nuevo fallo de la Justicia es el segundo revés judicial que sufre el DNU firmado por Javier Milei pocos días después de haber asumido. El anterior se dio este martes, cuando la justicia laboral suspendió los artículos del decreto vinculados a la reforma laboral.

La Cámara del Trabajo falló a favor de la CGT, resolvió que la reforma laboral del DNU de Javier Milei es inconstitucional y declaró la invalidez del capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia.

El fallo firmado por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera alcanza a los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU, es decir, todos los que están relacionados con la reforma laboral que impulsaba el gobierno.

La disputa del Gobierno con la Justicia por la aprobación de los distintos capítulos del Decreto de Necesidad y Urgencia se da en el medio del inicio del debate de la Ley Ómnibus en la Cámara de Diputados.

El Ejecutivo ya había resignado el capítulo fiscal la semana pasada, luego de tensar las negociaciones con el sector de la oposición más “dialoguista”. Ahora las discusiones giran en torno a las facultades extraordinarias del Presidente y las privatizaciones de empresas públicas.

TN

zapala8340

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