La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición inmediata de una reconocida pasta dental que se comercializaba en distintos puntos del país tras detectar inconsistencias en la información declarada ante el organismo.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 3522/2026, publicada en el Boletín Oficial, luego de una investigación que identificó un producto con datos de registro que no coincidían con los antecedentes verificados por la autoridad sanitaria.
ANMAT decidió prohibir el producto identificado como: “Dentífrico en polvo con carbón natural – Carbon White”. La suspensió alcanza al lote 2505/1, con vencimiento en diciembre de 2027 y presentación de 25 gramos.
De acuerdo con la resolución, el artículo exhibía datos de elaboración e inscripción que generaron sospechas durante las tareas de fiscalización realizadas por el organismo.
La investigación determinó que el producto presentaba características muy similares a otra línea de dentífricos comercializada legalmente bajo la misma denominación comercial.
Ante esta situación, la ANMAT se comunicó con la empresa responsable del producto original para verificar si había participado en la elaboración de la partida observada. Sin embargo, desde la firma informaron que no tenían relación con el dentífrico cuestionado.
A partir de esa respuesta, el organismo concluyó que se trataba de un producto ilegítimo que imitaba la presentación de otro artículo autorizado.
Según explicó la ANMAT, no fue posible determinar con certeza dónde fue fabricado el dentífrico ni cuáles fueron las condiciones de elaboración utilizadas durante el proceso productivo.
Esta falta de trazabilidad impide comprobar aspectos fundamentales relacionados con:
Por ese motivo, las autoridades consideraron necesario retirar el producto del circuito comercial para evitar potenciales riesgos para los consumidores.
La disposición establece la prohibición de uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional. Además, la restricción también incluye las plataformas de comercio electrónico, por lo que el producto no podrá ofrecerse ni venderse a través de canales digitales.
El organismo sanitario detalla en sus disposiciones las características de los productos falsos y originales, al mismo tiempo que las especificaciones técnicas que se indican en el rotulado.
“En caso de contar con aquellas con las características descriptas, los usuarios deberán contactarse con los entes de control a cargo vía mail o a través del sitio ANMAT Responde”, indicaron. Para contactarse deberán enviar un correo a pesquisa@anmat.gob.ar y el mensaje deberá detallar la situación completa con fotos del rótulo.
FUENTE EL CRONISTA
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