El Gobierno declaró el “Estado de emergencia hídrica” en las regiones del Noroeste Argentino (NOA) y el Litoral afectadas por las inundaciones, donde más de 6.000 personas fueron evacuadasy aún no volvieron a sus hogares.
Las provincias que más sufrieron por los fuertes temporales y los desbordes de ríos y arroyos en los primeros días del año son Corrientes, Entre Ríos, Chaco y Santa Fe.
Allí se mantiene el operativo de emergencia que coordina el Sistema Nacional de Gestión Integral del Riesgo (Sinagir), con la participación de las fuerzas federales y la distribución de insumos de primera necesidad.
A través del decreto 67/2019, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno instó a distintas áreas a ejecutar diversas acciones para “aliviar la difícil situación” en la región, tal como había informado en un comunicado ayer.
De este modo, el Ministerio de Producción y Trabajo deberá adoptar “las medidas necesarias con el objeto de preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo de los sectores afectados”.
Por su parte, la Secretaría de Agroindustria tendrá que adoptar “las medidas necesarias con el objeto de implementar lo dispuesto en la Ley N° 26.509 y sus modificaciones para situaciones de emergencia y desastres agropecuarios”.
En tanto, el Banco de la Nación tendrá que disponer acciones para “preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo”.
La AFIP, a su vez, “adoptará las medidas que resulten pertinentes para aquellos contribuyentes cuyo establecimiento productivo se encuentre afectado por la emergencia, siendo éste su principal actividad”.
Y la Secretaría de Energía deberá arbitrar “los medios necesarios a los efectos de que se establezca un régimen tarifario especial provisorio en el servicio de gas para el sector productivo de las zonas afectadas mientras dure el período de emergencia”.
El decreto, además, indica que “toda autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado para ejecutar obra pública” deberá “ponderar la urgencia comprometida en la ejecución de los proyectos y las obras de infraestructura necesarios para prevenir y/o mitigar inundaciones y eventos climáticos extremos en las zonas declaradas en situación de emergencia hídrica”.
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