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Tenía 13 años, una familia gitana la compró por 825 mil pesos y la sometió: confirman 10 años de cárcel

Tenía 13 años, una familia gitana la compró por 825 mil pesos y la sometió: confirman 10 años de cárcel

Tenía apenas 13 años cuando su propia familia cobró una “dote” para casarla con un joven de 20. Se la llevaron a Santa Fe, donde sufrió violencia, abusos y servidumbre. Quisieron secuestrarla otra vez en San Juan, pero un llamado al 911 salvó su vida. La Justicia dejó en claro que ninguna “costumbre o tradición cultural” puede justificar semejante infierno.

Hay historias que golpean de frente y exigen llamar a las cosas por su nombre. Detrás de los expedientes técnicos y las carátulas judiciales de “trata de personas”, lo que ocurrió con la pequeña en suelo patagónico fue, lisa y llanamente, la compra de una niña para someterla a la esclavitud.

La Cámara Federal de Casación Penal acaba de firmar un fallo bisagra: ratificó la condena a 10 años de prisión para Isabel Cristo, su esposo Alberto Cristo y el hijo de ambos, Franco Cristo. Además, se confirmó una indemnización de 75 millones de pesos que la familia condenada deberá pagarle a la víctima para intentar reparar el daño causado.

El fallo de Casación, firmado por el juez Daniel Petrone, derrumbó el principal argumento con el que los acusados pretendían zafar de la cárcel: alegar que todo se trató de un “casamiento tradicional” bajo los usos y costumbres de la comunidad gitana. La respuesta de la Justicia fue contundente: las tradiciones no están por encima de los derechos humanos básicos ni justifican delitos.

La compra en Neuquén y el calvario en Santa Fe

La pesadilla comenzó entre marzo y abril de 2022 en Neuquén. La víctima tenía solo 13 años. A esa edad, los adultos que debían cuidarla le pusieron precio: el matrimonio Cristo entregó 825 mil pesos en efectivo a los padres de la nena para concretar una “unión forzada” con su hijo Franco, que en ese momento tenía 20 años.

Durante el rito matrimonial, la menor fue sometida a abusos sexuales que terminaron en un embarazo. Poco después, la familia la sacó de la provincia y se la llevó a Santa Fe.

Allí, el calvario se profundizó durante más de dos años. Lo que la defensa intentó disfrazar en el expediente como “tareas domésticas de la convivencia”, la investigación judicial lo probó como una verdadera situación de servidumbre. La adolescente no solo tenía que limpiar y cocinar para toda la familia política, sino que era obligada a vender ropa en la calle bajo condiciones climáticas extremas y estando embarazada. Todo el dinero que recaudaba le era arrebatado. Si no juntaba plata, la castigaban dejándola sin comer.

Los testimonios e informes agregados a la causa revelaron un cuadro atroz: la chica sufría insultos constantes, golpes e incluso quemaduras con cigarrillos y agua caliente.

El secuestro en San Juan y la salvación de milagro

Para fines de 2024, la joven logró trasladarse a San Juan junto a Franco y el bebé de ambos para reencontrarse con su familia de origen. Parecía un respiro, pero los suegros no estaban dispuestos a perder el “control” sobre ella.

En abril de 2025, Alberto e Isabel Cristo viajaron a San Juan. Aprovecharon un descuido de los padres de la chica y la subieron a la fuerza a una camioneta para arrastrarla de vuelta a Santa Fe.

En la localidad sanjuanina de Caucete, cerca de una estación de servicio, la joven vio una oportunidad y se tiró del vehículo con su bebé en brazos para intentar escapar. La suegra la persiguió a pie, la alcanzó y volvió a meterla al vehículo a los empujones mientras la camioneta arrancaba a toda velocidad violando las normas de tránsito.

Ese momento desesperado lo cambió todo. Un testigo presencial en la estación de servicio no miró para otro lado: llamó de inmediato al 911. Las cámaras del centro de monitoreo rastrearon el vehículo y la Policía de la Unidad Rural N° 1 logró interceptar la camioneta en la ruta, rescatando a la chica y a su hijo.

Sin excusas culturales: el fallo de la Justicia

Al apelar la condena de diez años, los abogados de los Cristo argumentaron que no había habido delito, sosteniendo que la chica “estaba de acuerdo”, que ambas familias compartían la misma cultura y que el pago de la dote no era una “comercialización de personas”.

Sin embargo, el juez Petrone rechazó punto por punto los planteos de la defensa:

Sin consentimiento posible: Una niña de 13 años no puede dar un “consentimiento voluntario” para casarse ni para mantener relaciones con un adulto, dada la enorme desigualdad y vulnerabilidad en la que se encontraba.

El delito de trata: Explicó que el delito de trata de personas se configura desde el momento en que alguien capta, traslada o recibe a una persona con el fin de explotarla, sin importar si la explotación se completó en su totalidad o si la víctima “aceptó” en algún momento por la presión del entorno.

Las costumbres no son impunidad: El magistrado dejó asentado un criterio fundamental: la pertenencia a una comunidad y la invocación de sus usos y costumbres “no constituyen un fundamento válido para sustraerse de la responsabilidad penal”. Ningún rito o tradición puede validar el matrimonio infantil, la entrega de dinero por una menor, la violencia física ni el trabajo forzado.

Con este fallo firme de la Cámara de Casación, se cierra un capítulo judicial decisivo. La condena a diez años de prisión quedó ratificada y sienta un precedente irrefutable en la región: en la Argentina, los derechos de las infancias y la dignidad humana no se negocian bajo ninguna costumbre.

www.tribunaldelacalle.com.ar

zapala8340

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