Un tribunal anuló el fallo que condenaba al patrón de la víctima al considerar que se había hecho una valoración “abstracta” de la prueba.
En menos de tres meses, una causa por violación en Moquehue que ya tenía un condenado dio un giro rotundo: un tribunal de impugnación anuló el fallo que condenaba a un hombre a seis años de prisión por abusar sexualmente de una mujer que trabajaba para él. Ahora, se deberá realizar un segundo juicio.
Este cambio surgió a partir de que el abogado defensor Juan Manuel Coto impugnara la sentencia por considerar que se había hecho una valoración “abstracta” de la prueba. El reciente fallo del 3 de abril, realizado por los jueces Federico Sommer, Fernando Zvilling y Florencia Martini, abre una nueva posibilidad en un caso donde para el fiscal Marcelo Jofré, además de violación, hubo violencia de género.
El hecho ocurrió la madrugada del 1° de febrero de 2018 en una cabaña de Moquehue. Allí, una mujer de 35 años que se desempeñaba como empleada doméstica denunció a los pocos días que su jefe había abusado sexualmente de ella.
De acuerdo con la teoría del caso de la fiscalía, la noche anterior el condenado había llegado a la cabaña y le ofreció a la víctima una cerveza. Inmediatamente después, ella le manifestó sentirse mareada, por lo que el hombre le preparó un café y le hizo masajes.
Según se desprende del fallo, el abuso habría ocurrido minutos después, cuando la mujer se encontraba “desvanecida por el cansancio físico y mental”, aunque previamente le había expresado que no quería tener relaciones sexuales. Finalmente, el hombre enfrentó un juicio por el delito de abuso sexual con acceso carnal y fue condenado a seis años de prisión.
El tribunal de ese proceso, conformado por Liliana Deiub, Patricia Lupica Castro y Raúl Alfranc, entendió que en la mayoría de los casos contra la integridad sexual, la declaración de la víctima puede ser la única prueba del hecho. Por ello, se basaron en el relato de la víctima y las entrevistas a psicólogas que establecieron la credibilidad del testimonio, más allá de que el informe médico descartara lesiones por las circunstancias en las que se dio el hecho (no se ejerció violencia física visible).
Además, los jueces remarcaron la necesidad de analizar estos casos con perspectiva de género y que en este juicio se habían dejado expuestos “estereotipos negativos” por parte de la defensa, como que “una mujer que resultaba violentada sexualmente no se quedaba a dormir con su agresor”.
Por su parte, el reciente fallo del tribunal de impugnación expone que hubo un “supuesto de arbitraria valoración de la prueba”, a partir de una valoración parcial de los testimonios y la omisión de “dar cuenta de las claras contradicciones del relato de la víctima”.
Una de esas “contradicciones” o imprecisiones a las que hacen alusión es que “no pueda dar información ni mucho menos detalles sobre si fue ella o el acusado quien le sacó la ropa interior”.
Tras la decisión de revocar la sentencia de los jueces de primera instancia, el condenado deberá enfrentar un nuevo juicio. Ahora intervendrá un nuevo tribunal que deberá definir si la mujer fue violada y establecer la culpabilidad o la absolución del hombre.
Fuente LMN
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